miércoles, 10 de noviembre de 2010

Cómo rescatar a una persona que se está ahogando y está consciente de ello

  1. Conoce las características de la víctima que se está ahogando. Una víctima que se está ahogando y está consciente y batallando por su vida, tiene las características siguientes:
    • No pueden pedir ayuda.
    • Agita los brazos con movimentos violentos.
    • Se encuentra vertical en le agua.
    • Tiene el cuerpo bajo en la agua con la boca apenas sobre la superficie.
  2. Si es posible, pide ayuda Si eres la única persona presente, continúa con el rescate de la víctima. Si hay mas gente presente, solicita ayuda y hazles notar la situatción presentada. También pueden ayudar a rescatar a la víctima.
  3. Si hay disponible, consige un dispositivo de flotación. Esto permite que la víctima se sostenga en algo cuando lo alcancen. El dispositivo de flotación mas corriente, se llama un tubo de rescate, presente a menudo en las piscinas y playas públicas; es utilizado por los salvavidas.
  4. Comienza el rescate Entra al agua y acércate a la víctima. La manera más segura para evitar una reacción violenta de la víctima, es acercarse por detrás. La única preocupación de una víctima que se ahoga y es conciente de ello, es consiguir el aire. En su desesperación por conseguir aire te puede asir fuertemente, llevándote bajo la superficie, lo que traería como resultado, dos víctimas.
  5. Pon tus brazos debajo los brazos de la víctima. Cuando estes detrás de la víctima, pon tus brazos debajo las axilas de la víctima. Dobla los brazos hacia atrás y sosténlo firmemente. Si estás usando un dispositivo de flotación, colócalo a través de tu pecho, entre tu y la víctima.
  6. Calma a la víctima. Cuando estés llevando a la víctima hacia la playa o el borde de la piscina, calma a la vícitma preguntándole, "¿estás bien?", o diciéndole "ya estás seguro."
  7. Supervisa el estado físico general de la víctima. Cuando llegues a la playa o al borde la de piscina, asegúrate que la víctima esté bien, antes de retirarte. Una víctima que se ahoga, puede necesitar ayuda médica

martes, 9 de noviembre de 2010

RESCATE DE UNA PERSONA EN AGUA

AGRUPACIONES LOCALES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL


Son organismos locales formados en exclusiva por voluntarios o empleados del Ayuntamiento, cuyas funciones son las siguientes:
 Prevención
  1. Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
  2. Colaboración y apoyo en la confección y divulgación de los planes de autoprotección de dichos centros.
  3. Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los planes territoriales municipales y planes de actuación municipal frente a riesgos específicos.
  4. Confección y realización de campañas de información y divulgación a la población afectada por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el Ayuntamiento.
  5. Participación en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.), siempre coordinados por el servicio competente que corresponda.

Intervención

  1. Apoyo a los servicios operativos de emergencia a requerimiento de los mismos.
  2. Colaborar en la atención a afectados en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento...), siempre coordinados por el servicio que corresponda.

ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES

Se entiende por administración de desastres o Plan de urgencias, el cuerpo de las políticas y decisiones administrativas y actividades operacionales que pertenecen a las diferentes etapas del desastre en todos sus niveles.
En otros países manejan el concepto como el Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres.
Está sustentado en el conjunto de conocimientos, medidas, acciones y procedimientos, que juntamente con el uso racional de recursos humanos y materiales, se orientan hacia el planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de las actividades que permitan evitar o reducir los efectos de los desastres sobre las poblaciones y las infraestructuras de servicios y productivas.

LAS FASES EN LA ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES

Las acciones y tareas realizadas para la administración o manejo de desastres son permanentes en el tiempo y en el espacio, conformando un ciclo comprendido por tres fases:
El antes (Prevención Preparación y Alerta), que comprende las medidas y acciones diseñadas para evitar o reducir el desastre;
Él durante (Respuesta) constituida por el conjunto de actividades y medidas utilizadas durante e inmediatamente después de ocurrido el desastre para minimizar sus efectos, comprende también las labores de salvamento, búsqueda y rescate.
El después (Rehabilitación y Reconstrucción), conformada por acciones para la recuperación del estado luego de el desastre.



ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA PREVENCIÓN DE DESASTRE



DEFINICIÓN

PREVENCIÓN: Conjunto de acciones cuyo objeto es impedir o evitar que sucesos naturales o generados por la actividad humana, causen desastres.
El concepto de Prevención se basa en evitar que distintos fenómenos produzcan desastres.
Ejemplos:
  • Reubicación permanente de viviendas, de infraestructura o de centros de producción localizados en zonas de alta amenaza.
  • Traslado de amenazas como estaciones de combustible, depósitos de gas ubicados en zonas urbanas o centros vitales.
DESASTRE: Un desastre es un evento o conjunto de eventos, causados por la Naturaleza (terremotos, sequías, inundaciones, etc.) o por actividades humanas (incendios, accidentes de transporte, etc.), durante el cual hay pérdidas humanas y materiales tales como muertos, heridos, destrucción de bienes, interrupción de procesos socioeconómicos, etc. 

La ocurrencia y la intensidad de las alteraciones a las que se refiere la definición de desastre, dependen del riesgo. Esto no se limita a los fenómenos naturales. Se extiende a situaciones de origen antrópico como las de carácter tecnológico, industrial, bélico, ecológico y social.

HISTORIA DE PROTECCION CIVIL EN VENEZUELA

La Autoprotección nace con el hombre mismo. Es el recurso individual y correctivo de preservar su propia integridad, su especie y la de su ambiente.

El enfrentar situaciones de desastres ha permitido a través de la evolución del tiempo, conformar agrupaciones a nivel mundial siguiendo estrategias para establecer medidas de prevención social.

En Venezuela ha existido preocupación por crear Grupos de Ayuda, Asistencia, Búsqueda, Salvamento y Rescate. Tomando en consideración que por la ubicación geográfica del País en su condición Caribeña, Atlántica, Andina y Amazónica, presenta un alto grado de exposición ante amenazas de origen Natural y Antrópico.

En la época de nuestra Independencia, se formaron en Caracas las llamadas “Juntas de Subsistencias”, como medida de protección a la población civil, en virtud del desabastecimiento creado por el estado de guerra interna imperante. El 23 de marzo de 1936 bajo el gobierno del General Eleazar López Contreras se conformó el “Puesto de Socorro para prestar Servicio Médico a las víctimas de accidentes” (Gaceta Oficial 18.913).

En ese mismo año, dada la preocupación del Estado Venezolano en lo referente a los aspectos preventivos, se creó el Botiquín de Emergencias.

El 17 de julio 1938 se dicta la Ley de Servicio Nacional de Seguridad, en el cual se le asignan misiones a la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de Sanidad es el órgano competente para cooperar con las autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas (Gaceta Oficial 19.637).

El 7 de septiembre de 1943 se dictó el Decreto 175, mediante el cual se crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, para atender a las personas que resultaron afectadas a consecuencia de las inundaciones producidas por el río Orinoco en esa época; siendo ésta, la primera referencia histórica en nuestro país, sobre la creación de un ente del estado destinado a la atención de situaciones de desastres.

Y el 16 de noviembre de 1943, se dicta una resolución donde se reglamenta su campo de acción para que se encargue de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones (Gaceta Oficial 21.199).

Aún, para esa fecha el termino “Defensa Civil” no se había utilizado como símbolo de preparación y atención de desastres en el País.

Corresponde al Dr. Espíritu Santos Mendoza, quien actuando como Ministro de Sanidad y Asistencia Social, por resolución, crea el 21 de mayo de 1958, la “División de Socorro y Defensa Civil”, adscrita a la Dirección de Asuntos Sociales.

A raíz del terremoto ocurrido el 29 de julio de 1967, es creado el “Comando Unificado Médico Asistencial” (CUMA), presidido por el otrora Ministerio de Sanidad e integrado por Representantes de todos los Organismos del Estado y el 16 de junio de 1969, por decreto Presidencial Nº 96, se crea el “Fondo de Solidaridad Social” (FUNDASOCIAL), con el objeto de prevenir y reparar en lo posible, los daños ocasionados por calamidades y catástrofes que pudieran afectar a grupos apreciables de la colectividad.

El 7 de septiembre de 1971, según Decreto Presidencial Nº 702, se crea la “Comisión de Defensa Civil”, con la función de Planificar y Coordinar las acciones tendentes a prevenir, reducir, atender y reparar los daños a personas y bienes causados por calamidades públicas por cualquier origen, socorriendo simultáneamente a la población afectada.

A partir del 8 de junio de 1975 el Ministerio de la Defensa, emite lineamientos que incluye el apoyo de las Fuerzas Armadas Nacionales a las operaciones de Defensa Civil, durante emergencias causadas por fenómenos naturales catalogadas como calamidades públicas.

El 18 de agosto de 1976 se dicta la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, la cual en su Artículo V, establece que la Defensa Civil estará regulada por el Presidente de la República y sugiere que los ciudadanos que no estén alistados en las Fuerzas Armadas deberán incorporarse a la Defensa Civil en caso de requerírseles.

Para el 10 de agosto de 1979, según Decreto Presidencial Nº 231, la Comisión Nacional de Defensa Civil pasa a formar parte Integrante del “Consejo Nacional de Seguridad y Defensa”, Organismo responsable de la Administración Pública a fin de coordinar la acción de los Organismos competentes, ajustando su actuación a los Planes de Seguridad y Defensa.

En 1996 fue aprobado, en Consejo de Ministros, el Reglamento Parcial No.3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa relacionado con la Defensa Civil Venezolana, publicada en marzo de 1997, en la Gaceta Oficial No. 36.164, por vez primera se señala a Defensa Civil como un “SISTEMA NACIONAL”

En 1999 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su Artículo 332, ordinal 4° el “nacimiento” de “Una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres”; como órgano de seguridad ciudadana, cristalizando un deber del Estado y un derecho del ciudadano.

Según el Decreto Presidencial Nº 1.557 con fuerza de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, en fecha 13 de noviembre de 2001 publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.557, el Decreto con Fuerza de Ley de la “Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres”; como un órgano de seguridad ciudadana, adscrito al Ministerio del Interior y Justicia.

QUE ES PROTECCION CIVIL

Es el organismo encargado del estudio, planificación, programación, coordinación y adiestramiento de los recursos públicos y privados, así como la ejecución de las acciones necesarias para prevenir, reducir y atender las emergencias y los daños derivados de las situaciones de desastres de origen natural, social, tecnológico o conflictual, y el consiguiente socorro y atención de las poblaciones y el medio ambiente afectados.

La Protección Civil como parte de la seguridad del estado y de su cometido de mantenimiento del orden público en todo el territorio nacional, debe estimular la capacidad de autoprotección de las comunidades.

En función a esta premisa, desarrolla programas para lograr la formación y capacitación de la población, en todo lo concerniente a la autoprotección, vigilancia vecinal, rescate, primeros auxilios y otros aspectos claves, para que en caso de desastres, estén en capacidad de recibir directrices de los organismos competentes y lograr una mejor labor.

Elaborar y mantener actualizados a nivel municipal un inventario de los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros para ser utilizados en la ejecución de planes de defensa y protección civil. Igualmente coordina a nivel Municipal las Operaciones en caso de emergencias y/o desastres.

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